¿En qué consiste?
El servicio de transporte escolar se ajustará a lo dispuesto en el Decreto 287/2009, de 30 de junio y en la Orden de 3 de Diciembre de 2010, por lo que se regula la organización y gestión del servicio de transporte escolar.
Podrá hacer uso de él, el alumnado que lo solicite y tenga derecho al mismo, siempre que respete las normas de organización y funcionamiento.
Para el funcionamiento de este servicio se tendrá en cuenta las siguientes normas:
- El alumnado esperará en la parada que le corresponda puntualmente y acompañado por algún familiar, al transporte.
- El transporte no esperará a ningún alumno/a que llegue tarde , ni hará paradas no autorizadas
- Solo el alumnado que haya sido admitido en este servicio tiene derecho a usar el transporte. No se podrán subir en él, los padres, madres o personas no autorizadas.
- A la hora del regreso, las familias esperarán a sus hijos/as en las paradas, sin demora, responsabilizándose de ellos/as desde el momento que descienden del autobús.
- Los usuarios/as subirán al autobús ordenadamente y permanecerán sentados durante todo el trayecto, con el cinturón puesto y obedeciendo las instrucciones del monitor/a. Irán acompañados de la credencial que se genera del sistema Séneca.
- Bajo ningún concepto podrán quitarse el cinturón o ponerse de pie.
- Se abstendrán también de ensuciar el autobús o provocar altercados con sus compañeros/as, manteniendo una actitud educada y correcta en todo momento.
- A la llegada al colegio, entrarán y se dirigirán al patio para ponerse en las filas.
- A la salida esperarán en la puerta citada a que la monitora les abra y les permita la subida al autobús.
- Los alumnos/as que se den de baja en el servicio tendrán que solicitarlo, de nuevo, si desean volver a hacer uso del mismo.
Fotografías
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